• Temas del Día

Newsletter
miércoles 04 de septiembre de 2024

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Grupo CEO. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
FOTO

Operación "Villa Vieja" por abigeato en Florida

Ante la intervención en el mes de julio de un camión que transportaba ganado y tras constatarse irregularidades en la trazabilidad de los animales, la Policía de Florida llevó adelante los trabajos de investigación correspondientes, resultando un hombre de 38 años condenado por el delito de abigeato.

Grupo CEO | Ministerio del Interior
Por Ministerio del Interior 2 de septiembre de 2024 - 15:43

En el mes de julio, el Policía destinado al Destacamento de Villa Vieja intervino un camión el cual transportaba ganado, habiendo constatado irregularidades en la trazabilidad de los animales, por lo que la Brigada Departamental de Seguridad Rural tomó intervención en el hecho, asumiendo el procedimiento.

Fue así que, luego de ser inspeccionado el ganado, se logró establecer que, las caravanas que poseían no eran las que otorga el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (M.G.A.P), la información existente en el Sistema Nacional Identificación Ganadera (SNIG) no correspondía en cuanto a la edad y raza de los animales, además de carecer estos de marca de fuego, dando inicio a la operación denominada “Villa Vieja”.

Tras los trabajos llevados adelante por la Policía en cuanto a investigación, recolección de indicios y análisis de información, un hombre de 38 años fue identificado como responsable ante estas irregularidades, quien luego de varias evasivas declaró como realizaba la maniobra.

De lo actuado se dio cuenta a la Fiscalía Departamental, y en los últimos días este hombre fue detenido y puesto a disposición de la Justicia, quien luego de comparecer ante la Sra. Juez del Juzgado Letrado de 1er Turno, resultó condenado en calidad de autor penalmente responsable de un delito de abigeato a la pena de 24 (veinticuatro) meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba.

Debiendo el ahora condenado en virtud de la libertad a prueba, cumplir con las disposiciones establecidas en el articulo 295 bis del C.P.P.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar