La actuación policial se inició tras la denuncia del hurto en proceso de un automóvil que estaba estacionado en la esquina de las calles Hocquart y Joaquín Requena. Al arribo de los policías, ubicaron el vehículo denunciado con dos ocupantes en su interior, el conductor de 26 años, fue detenido en el lugar, mientras que el hombre que iba del lado del acompañante fugó y se subió a otro vehículo que estaba estacionado cerca del lugar.
Al intentar huir por la calle Joaquín Requena con dirección a Nueva Palmira, fue interceptado y detenido. Al indagado de 21 años, se le incautó una espadilla y una vara telescópica.
Al realizar registro del primer vehículo se observaron daños visibles en el tambor de encendido, teniendo una llave casera tipo espadilla.
La Brigada de Investigación Departamental de Delitos Automotores asumió las actuaciones y determinó que los detenidos estaban vinculados al robo de otros vehículos.
Ante esto, se solicitó el allanamiento de dos viviendas ubicadas en Unidad Casavalle, donde con apoyo de la UNATEM, se recuperó dos vehículos denunciados como hurtados el 24 de setiembre de 2024, además de dos motocicletas con sus números identificatorios adulterados, celulares, un arma de fuego calibre 38mm, 10 cartuchos y libretas de propiedad.
En los allanamientos fueron detenidos tres hombres, uno de 21 años, carente de antecedentes penales, y dos hombres de 29 años, uno de ellos sin antecedentes penales y el otro poseedor de tres antecedentes penales.
Finalizadas las actuaciones policiales, el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 44º Turno, condenó a Hugo Leonardo Almada Méndez, de 26 años, poseedor de dos antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa a la pena de seis meses de prisión efectiva, y a D.C.C.R. de 21 años, como autor penalmente responsable de tres delitos de hurto especialmente agravado, un delito de asociación para delinquir, todos en régimen de reiteración real, a la pena de 20 meses de libertad a prueba.
Mientras que para Carlos Arón Llano Rodríguez, 29 años, se dispuso su condena como autor penalmente responsable de un delito de receptación agravado, a la pena de seis meses de prisión efectiva, y para E.G.D.S.R. de 29 años, como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de armas en concurrencia real, con un delito de receptación a la pena de 10 meses de prisión efectiva.
Para le quinto detenido de 21 años, se dispuso el cese de detención con medidas cautelares por 180 días.