La Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad – Maldonado es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 para gestionar la exoneración del referido impuesto, siempre que se verifiquen las siguientes condiciones:
- Única Propiedad, Imponible/aforo del bien menor a $ 75.416 - Exonera 50 %
- Única Propiedad, Hogar monoparental con menores a cargo, Imponible/aforo del bien menor a $ 75.416 - Exonera 60 %
- El beneficio se deberá gestionar de manera anual.
En el caso de la Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Personas en situación de discapacidad – Maldonado es el que permite ampararse al Decreto Departamental 4003/2018 y en función se las condiciones mencionadas a continuación:
Requisitos
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por sus dueños y familiares de primer grado, y uno de los integrantes de la familia tiene minusvalía permanente que le impide acceso al mercado laboral.
- El ingreso del núcleo familiar no debe superar 20 BPC ($ 123.540).
- Ingresar AQUÍ y completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados:
Documento de identidad.
Títulos de la propiedad.
Constancias de ingresos.
Constancia de domicilio (Recibo de UTE, OSE, ANTEL)
Certificación médica de la discapacidad.
Otros datos de interés
- La Administración podrá solicitar más documentación de así considerarlo.
Sobre la Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Jubilados y/o Pensionistas por vejez (sólo BPS)– Maldonado, se indica que habilita ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 una vez verificadas estas condiciones:
Requisitos
- Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ.
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
- En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
Otros datos de interés
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903: Exonera 100 %
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806: Exonera 50 %
- El beneficio se deberá gestionar de manera anual.
Y en cuanto a la Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Única Propiedad - Pensiones Varias (NO BPS) – Maldonado, es el que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 tomando en cuenta las siguientes condiciones:
Requisitos
- Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ.
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
- En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
- El ingreso del núcleo familiar no debe superar los 7 BPC ($ 43.239).
Otros datos de interés
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903 - Exonera 100 %
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806 - Exonera 50 %
- El beneficio se deberá gestionar de manera anual.